El 6 de junio de 2025, la Junta de Jueces de Primera Instancia de Santiago de Compostela aprobó un acuerdo de unificación de criterios sobre los MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias). Esta medida surge tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, que establece nuevas obligaciones para la procedibilidad de muchas demandas judiciales.

Este acuerdo busca homogeneizar los criterios de admisión de demandas en los juzgados civiles, determinando cuándo es obligatorio acreditar un intento de solución extrajudicial del conflicto y en qué condiciones se considera cumplido dicho requisito.
Puntos más relevantes del acuerdo de unificación de criterios sobre los MASC
- Ámbito de aplicación: Las nuevas exigencias se aplican únicamente a demandas presentadas tras la entrada en vigor de la ley.
- Exigibilidad del MASC: Es obligatorio en la mayoría de procedimientos civiles, salvo excepciones legales. Por ejemplo, sí se exige en procedimientos monitorios, pero no en ejecuciones o demandas reconvencionales.
- Acreditación documental: Se detallan los formatos válidos para demostrar un intento de negociación (burofax, buromail, correo electrónico con prueba de recepción…), excluyendo medios como WhatsApp o llamadas.
- Casos especiales: Se regulan supuestos como accidentes de tráfico, cesión de créditos, reclamaciones de consumidores o procesos del ámbito del Derecho de Familia.
- En este último ámbito, sí se exige el MASC en separaciones y divorcios con hijos menores, o modificaciones de medidas, pero no es obligatorio en medidas cautelares urgentes o procedimientos de mutuo acuerdo.
Este acuerdo aporta seguridad jurídica y claridad para abogados, procuradores y ciudadanía, especialmente en un contexto de cambios legislativos relevantes.
Consulta desde aquí el documento completo del acuerdo de unificación de criterios sobre los MASC.