La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha aprobado un acuerdo no jurisdiccional el pasado 13 de mayo de 2025 que establece criterios de actuación obligatorios en los recurso de suplicación, tanto en los escritos de interposición como en los de impugnación.
Este acuerdo impone una extensión máxima de 50.000 caracteres con espacios (aproximadamente 25 folios A4), así como un formato específico de redacción (Times New Roman 12, interlineado 1,5, márgenes de 2,5 cm, etc.). Las nuevas normas se alinean con los criterios ya vigentes en el Tribunal Supremo y buscan mejorar la eficiencia y claridad del servicio público de justicia, evitando abusos como escritos excesivamente extensos o poco ajustados a derecho.
En caso de incumplimiento, el tribunal requerirá la corrección del escrito mediante providencia y podrá imponer multas de hasta 6.000 € por abuso de derecho o mala fe procesal, según el artículo 75 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
Puntos clave del acuerdo del TSXG sobre recurso de suplicación
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha aprobado un acuerdo no jurisdiccional que establece normas de estilo de obligado cumplimiento para los escritos de interposición e impugnación de recursos de suplicación. Estas normas entrarán en vigor tras su publicación en el portal de transparencia del Poder Judicial.
1. Extensión máxima:
Los escritos no podrán superar los 50.000 caracteres con espacios (equivalente a unos 25 folios A4). Esta extensión incluye todo tipo de contenido.
Uno de los firmantes deberá certificar el número de caracteres y justificar su superación solo en casos excepcionales debidamente motivados.
2. Formato obligatorio:
- Fuente: Times New Roman, tamaño 12 para el texto y 10 para notas o citas.
- Interlineado: 1,5.
- Márgenes: 2,5 cm en todos los lados.
- Sin rayas ni elementos que dificulten la lectura.
- Paginación creciente desde el número 1, en la esquina superior derecha.
3. Justificación jurídica:
El acuerdo se apoya en la Ley Orgánica 1/2025 y en principios de buena fe procesal y eficiencia judicial. Se considera que una extensión desproporcionada es abusiva y perjudica el servicio público de justicia.
4. Supuestos de incumplimiento:
Si se incumplen estas condiciones, el tribunal requerirá mediante providencia que se subsane o se justifique la excepción. De no hacerlo, podrá considerar que hay abuso de derecho o mala fe procesal, lo que puede conllevar una multa de hasta 6.000 €, conforme al artículo 75 de la LRJS.