¿Qué es un Procurador de los Tribunales?

Con carácter general se puede definir a los procuradores como aquellos profesionales, licenciados o graduados en Derecho, quienes, según el artículo 3 del Estatuto General de los Procuradores de España, aprobado por Real Decreto 1281/2002 de 5 de diciembre, se encargan de la representación de sus poderdantes ante los Juzgados y Tribunales de cualquier orden jurisdiccional. También, del fiel cumplimiento de aquellas funciones o de la prestación de aquellos servicios que, como cooperadores de la Administración de Justicia, les encomienden las leyes.

En este sentido, son interlocutores cualificados entre los ciudadanos y los Órganos Judiciales, justificándose su intervención por la complejidad y carácter técnico del funcionamiento de aquéllos. Por ello, incluso en aquellos procedimientos judiciales en que no es preceptiva su intervención, los interesados pueden designar procurador para que les representen.

Su intervención en la Administración Justicia, actuando ante los Juzgados y Tribunales en representación de las partes, es esencial para el correcto desarrollo de los procedimientos, especialmente para que las distintas actuaciones se cumplan dentro de los plazos previstos en las leyes procesales.

En España para el ejercicio de la profesión de la procura se debe estar inscrito en el correspondiente Colegio Profesional.

Expertos en resolución de conflictos y subastas judiciales

¿Cuál es la diferencia entre abogado y procurador?

Si bien ambos son profesionales del derecho, existe diferencia entre un abogado y un procurador: mientras el abogado asesora y ejerce la defensa de su cliente, el procurador se encarga de la representación, ordenar toda la documentación del juicio y llevar las notificaciones a ambas partes.

Ambas profesiones son excluyentes entre sí, por lo que no pueden reemplazarse ni intercambiar sus responsabilidades

Tanto el abogado como el procurador son profesionales del derecho.

¿Qué hace un procurador? Funciones

  • Buscar la mejor solución para la resolución de su problema.
  • Representar técnicamente a su cliente en toda clase de procesos jurisdiccionales.
  • Comparecer en el juicio en nombre de su representado.
  • Agilizar el proceso en fase de ejecución de sentencias.
  • Garantizar con toda seguridad jurídica la comunicación del tribunal con el abogado y el ciudadano.
  • Colaborar con la Administración de Justicia, ayudándola en la tramitación de los procesos y en la ejecución de las sentencias y demás resoluciones judiciales.
  • Subsanar los defectos procesales.
  • Realizar los actos de comunicación judicial que se le encomienden, como por ejemplo la citación y emplazamiento de las partes en el proceso, tramitación de mandamientos y oficios ante los Registros y Organismos públicos y privados.
  • Acompañar a la comisión judicial en la práctica de embargos y en la toma de posesión de bienes inmuebles acordados por el tribunal.
  • Pagar los costes del procedimiento, las tasas, los depósitos de los recursos, previa provisión de fondos.
  • Participar en las subastas judiciales como representante de la parte.
  • Realizar todos los trámites del día a día en los juzgados: emplazamientos, notificaciones, citaciones, etc.
  • Hablar con los funcionarios que tramitan los expedientes, los letrados de la Administración de Justicia o el juez cuando es necesario.
  • Tramitar todo el procedimiento siendo el responsable de que los plazos se cumplan y de notificar, en todo momento, al abogado sobre su curso.

¿Cuándo es obligatorio contratar un procurador?

Los requisitos para la intervención de un procurador varían según la jurisdicción:

Civil: es obligatorio contratar un procurador en todos los procedimientos de la jurisdicción civil, excepto:

  • En los juicios verbales cuya cuantía es inferior a 2.000 euros.
  • Para la petición inicial de los procedimientos monitorios.
  • En los juicios universales cuando la comparecencia se limita a la presentación de títulos de crédito o derechos, o para concurrir a Juntas.
  • En los incidentes relacionados con la impugnación de resoluciones en materia de asistencia jurídica gratuita.
  • Cuando se solicitan medidas urgentes antes del juicio.

Penal: es preciso acudir con un procurador para presentar una querella. También, es necesario este profesional si se quiere intervenir en una causa como perjudicado y, en el caso de ser la persona querellada o denunciada, cuando sucede la apertura de juicio oral.

Laboral o social: en la primera instancia, no se requiere la contratación de un abogado ni de un procurador. Sin embargo, sí hace falta contar con un abogado o graduado social en la tramitación del recurso de suplicación; y la asistencia de un abogado es obligatoria en el recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Contencioso-administrativo: es indispensable un procurador cuando el juicio se desarrolla ante un órgano colegiado.

¿Qué es un Procurador?

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